Preguntas laborales frecuentes en España
Directorio de dudas habituales sobre nómina, pagas extras, vacaciones, despido y cotizaciones. Respuestas claras actualizadas a normativa 2026, con ejemplos y enlaces a calculadoras gratuitas.
20 preguntas respondidas · Sin registro · Basado en normativa laboral española
Nómina y salario
Pagas extras, bruto, neto y retribución.
- Nómina y salario
¿Cuándo son las pagas extras?
En la mayoría de contratos en España hay dos pagas extras al año: la de verano (junio o julio) y la de Navidad (diciembre). El Estatuto de los Trabajadores obliga a abonarlas en el periodo que remuneran, salvo que el convenio o contrato fije otras fechas. Con 14 pagas anuales, cada mensualidad equivale a doceavos del salario más la parte proporcional de extras.
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¿Cuándo es la paga extra de verano?
La paga extra de verano se cobra habitualmente en junio o a principios de julio, antes del periodo vacacional. Legalmente debe abonarse en el periodo que la retribuye (verano), salvo que tu convenio o contrato indique otra fecha. Si tienes 12 pagas con prorrateo, ya la estás cobrando repartida en cada mensualidad.
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¿Cuándo es la paga extra de Navidad?
La paga extra de Navidad (o de invierno) se cobra habitualmente en diciembre, a menudo entre el 15 y el 22 del mes y antes de las fiestas. Debe abonarse en el periodo que retribuye, salvo otra fecha en convenio o contrato. Con 12 pagas prorrateadas, su importe ya está incluido en las mensualidades.
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¿Cuál es la diferencia entre sueldo bruto y neto?
El sueldo bruto es lo que figura en contrato antes de deducciones. El neto es lo que recibes en el banco tras restar cotizaciones a la Seguridad Social y la retención de IRPF. La diferencia suele situarse entre un 20 % y un 35 % del bruto en salarios medios, según salario, contrato y situación fiscal.
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Vacaciones y permisos
Días libres, finiquito y calendario laboral.
- Vacaciones y permisos
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
En jornada completa tienes derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año (22 días laborables aproximadamente), salvo que tu convenio colectivo conceda más. A tiempo parcial se calculan de forma proporcional. Las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato se compensan en dinero en el finiquito.
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¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas?
Si terminas la relación laboral sin haber disfrutado las vacaciones devengadas, la empresa debe abonarte su importe en el finiquito. El cálculo es proporcional al tiempo trabajado en el periodo de devengo. No es legal que te obliguen a renunciar a vacaciones sin compensación salvo en el momento de la extinción del contrato, y puedes reclamar si la cifra no coincide con tu convenio.
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Contrato y jornada
Tipos de contrato, preaviso y condiciones.
Despido e indemnización
Finiquito, indemnización y bajas.
- Despido e indemnización
¿Qué es un despido improcedente?
Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita una causa justificada de despido disciplinario u objetivo, o no ha respetado las formalidades legales exigidas. El trabajador tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, o a la readmisión con abono de salarios de tramitación desde el despido.
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¿Cuánto tarda la empresa en pagar el finiquito?
La empresa debe entregar el finiquito y saldar las cantidades en el momento de la extinción del contrato, al producirse el cese efectivo. No hay un plazo legal de días posteriores para pagar: debe abonarse al terminar la relación laboral. Si no paga, puedes reclamar las cantidades más intereses de demora y, en su caso, indemnización adicional según el procedimiento.
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¿Qué incluye el finiquito?
El finiquito incluye las cantidades pendientes de abonar al terminar el contrato: salario del periodo trabajado, vacaciones no disfrutadas, pagas extras devengadas y otros conceptos salariales. Si hay despido con indemnización o fin de contrato con compensación, esa indemnización puede figurar en el mismo documento pero es un concepto distinto de la liquidación salarial habitual.
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¿Qué es un despido objetivo?
El despido objetivo es la extinción del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por ineptitud sobrevenida o faltas de asistencia justificadas legalmente. La empresa debe comunicarlo por escrito con indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, más el finiquito correspondiente.
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¿Cuánta indemnización hay por despido objetivo?
La indemnización por despido objetivo es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Se calcula multiplicando el salario diario (salario mensual entre 30 en la práctica habitual) por 20 y por los años de servicio. Además recibes el finiquito y, si no hubo preaviso de 15 días, una compensación sustitutoria.
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Cotización y Seguridad Social
Paro, bases y cotizaciones.
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¿Cuántos días cotizados necesito para cobrar el paro?
Necesitas al menos 360 días cotizados en los 6 años anteriores al desempleo para cobrar el paro contributivo. A más días cotizados, mayor duración máxima de la prestación: desde 4 meses (360–539 días) hasta 24 meses (2.160 o más días), según la tabla oficial del SEPE publicada cada ejercicio.
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¿Cuánto dura la prestación por desempleo?
La prestación por desempleo dura entre 4 y 24 meses según los días cotizados en los 6 años anteriores al desempleo. Con 360–539 días son 4 meses; con 2.160 o más días, hasta 24 meses. Al agotarla puedes acceder a subsidios si cumples requisitos (mayores de 52, familiares, etc.).
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¿Qué es la base reguladora del paro?
La base reguladora del paro es la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los 180 días anteriores al desempleo, tomando las bases reales cotizadas en ese periodo. Sobre esa base se aplica un 70% los primeros 180 días de prestación y un 50% a partir del día 181, con topes mínimos y máximos legales según situación familiar.
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¿Tengo derecho al paro si me despiden?
Sí, puedes cobrar el paro si te despiden siempre que tengas al menos 360 días cotizados en los 6 años anteriores, estés en situación legal de desempleo no voluntario y solicites la prestación en plazo (15 días hábiles desde el cese). El despido objetivo, improcedente y muchos colectivos de extinción empresarial dan acceso al paro contributivo si no renuncias a indemnizaciones de forma incompatible.
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¿Cuánto hay que pagar de cuota de autónomos?
La cuota de autónomos en el RETA se calcula según el tramo de ingresos netos que declares a la Seguridad Social, con un importe mensual que incluye contingencias comunes, desempleo, formación profesional y otros conceptos según la tarifa vigente. Los nuevos autónomos pueden acogerse a bonificaciones como la tarifa plana durante los primeros meses si cumplen requisitos.
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¿Cuánto cuesta contratar un empleado para la empresa?
El coste total de un empleado para la empresa es el salario bruto más las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social (aproximadamente un 30% adicional sobre la base de cotización, variable según contingencias y convenio), más pagas extras si no están prorrateadas, y posibles seguros o beneficios sociales. El neto que recibe el trabajador es inferior al coste que asume el empleador.
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Ayudas y prestaciones
IMV, subsidios y ayudas sociales.
- Ayudas y prestaciones
¿Qué es el IMV y quién puede solicitarlo?
El IMV es una ayuda estatal para hogares sin recursos suficientes que cumplen límites de ingresos, patrimonio y empadronamiento en España. Se solicita ante la Seguridad Social. Es compatible con trabajo a tiempo parcial y, en muchos casos, con otras prestaciones si el total no supera el umbral. No requiere cotización previa como el paro contributivo.
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¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?
El subsidio para mayores de 52 años es una prestación por desempleo de carácter asistencial que puede cobrarse hasta la edad de jubilación ordinaria si cumples requisitos: tener al menos 52 o 55 años según el supuesto, agotar o no tener derecho al paro contributivo, llevar cierta cotización previa y estar en situación legal de desempleo. La cuantía y duración dependen de la normativa del SEPE vigente.
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